Por Víctor Sánchez
Como ya informamos en el boletín del pasado 17 de diciembre, para el ejercicio 2015 es necesario en la finalización de grupos formativos, cumplimentar dos nuevos campos: el teléfono y el email del participante.
Después del debate de las razones de la medida anterior en diferentes foros y grupos en las redes sociales, finalmente en fechas recientes, y como era de esperar, a través del apartado NOTICIAS de la FTFE el pasado 10 de Febrero, se publicó la siguiente “noticia”: http://www.fundaciontripartita.org/Noticias/Noticias/Aplicación-Bonificaciones-2015–Novedades-en-Datos-de-Participantes.aspx
Aplicación Bonificaciones 2015 – Novedades en Datos de Participantes
Entre los cambios introducidos en la aplicación de bonificaciones 2015 están los datos de los participantes que deben proporcionar las empresas al comunicar la finalización de las acciones formativas.
Entre los cambios introducidos en la aplicación de bonificaciones 2015 están los datos de los participantes que deben proporcionar las empresas al comunicar la finalización de las acciones formativas, entre los cuales se incluyen la dirección de correo electrónico y teléfono. El objetivo de esta solicitud, es que los Órganos de Control puedan contactar directamente con los participantes para realizar actuaciones específicas de seguimiento y control en la ejecución de la actividad formativa financiada mediante las bonificaciones en las cuotas de la Seguridad Social. Si existieran dificultades en obtener el teléfono y correo personal, puede indicarse el correo electrónico directo que tiene el trabajador asignado en la empresa o, en su caso, los de la empresa en la que trabajan.
Comentarios de RTM:
Las inspecciones (actuaciones de seguimiento y control) como tal no aportan valor ni a la formación ni al aprendizaje ni a la implementación de los contenidos en el puesto de trabajo. Por tanto, cuanto menos tiempo nos ocupe mayor tiempo podremos dedicar a aspectos de “ valor” de la formación.
No poner el email y el teléfono del participante (ya sea por imposibilidad real o ya sea por otros motivos) hace pensar que quizás ese grupo formativo tendrá más probabilidad de ser inspeccionado por el SEPE en actuaciones de seguimiento expost, con el consecuente consumo de tiempo (atender al inspector, preparar la documentación de envío solicitada, etc.)
Así pues siempre que sea posible (a pesar de las dudas legales de tal medida planteadas por especialistas en el tema, como por ejemplo cumplimiento de la LOPD, entre otros) desde RTM entendemos que, en caso de ser posible, es necesario proporcionar los datos de teléfono e email del participante.
Esperemos que a nadie se le ocurra empezar a hacer un mal uso de dicha medida (por ejemplo, con una llamada telefónica hacerse pasar por el SEPE y obtener información confidencial a través de los participantes a cursos). Aún no tenemos conocimiento de llamadas a participantes por parte del SEPE, y la manera en que se identifican. Realmente es un misterio a fecha de hoy saber cómo van a implementar dicha medida los profesionales del SEPE que hacen inspecciones.
CAMBIOS EN LA FORMACION BONIFICADA: En fechas próximas está previsto aprobar en Consejo de Ministros un nuevo Real Decreto Ley. En cuanto así sea, os informaremos oportunamente de los cambios que se deriven.
Gracias por vuestras lectura.
Víctor Sánchez victor.sanchez@rtmnet.net
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