Ley Orgánica de Protección de datos

Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD) y nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)

La LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y GARANTÍA DE DERECHOS DIGITALES (LOPDGDD) es una ley que se encarga de regular el tratamiento de los datos de carácter personal y derechos digitales de una persona física por parte de cualquier otra persona, física o jurídica, para así garantizar y proteger sus derechos fundamentales y libertades públicas.

¿Qué datos se consideran de carácter personal?

La LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y GARANTÍA DE DERECHOS DIGITALES (LOPDGDD) considera cualquier información de personas físicas identificadas o identificables. Esto quiere decir que cualquier dato de una persona física, aunque sólo sea su nombre, es un dato de carácter personal. De esta manera y como ejemplo, cualquier archivo de la empresa que contenga nombres o datos de clientes, trabajadores, etc. será un fichero que deberá ser legalizado a efectos de la LOPDGDD.

¿Quién queda obligado por esta ley?

La LEY ORGÁNICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y GARANTÍA DE DERECHOS DIGITALES (LOPDGDD) obliga a toda persona física o jurídica que trate datos de carácter personal, tanto si el tratamiento se hace informáticamente como si se realiza en un fichero en soporte papel. Todas, absolutamente todas las empresas, tienen algún tipo de fichero que contiene datos de carácter personal.

Las sanciones por el NO cumplimiento de los requerimientos dispuestos por el Reglamento (UE) 2016/679 y el Título IX de la LOPDGDD están comprendidas entre los 10 y 20 millones de euros, o entre el 2 y el 4% del volumen de negocio anual global.

Reglamento General de Protección de Datos (RGPD)

El 25 de mayo de 2016 entró en vigor el REGLAMENTO GENERAL DE PROTECCIÓN DE DATOS (RGPD), que sustituirá a la actual normativa vigente y que será de obligado cumplimiento el 25 DE MAYO DE 2018. Este periodo de dos años tiene como objetivo permitir que los Estados de la Unión Europea, las Instituciones y también las empresas y organizaciones que tratan datos lleven el proceso de adaptación para el momento en que su aplicación sea obligatoria.

¿Quién debe adaptarse al nuevo RGPD y por qué?

Todas aquellas organizaciones que dispongan de información personal de residentes en la Unión Europea deben adaptarse a la nueva legislación en materia de procesamiento de datos, seguridad de la información, cumplimiento de las normas y relaciones contractuales.

A pesar de la complejidad del nuevo reglamento es importante que las empresas de adapten al mismo con la finalidad de:

  1. Mantenerse en la legalidad y evitar posibles sanciones. Una infracción puede conllevar multas de hasta 20 millones de euros o hasta un 4% de la facturación anual global de la organización.
  2. Tener la tranquilidad de saber que la información y los datos confidenciales de la empresa están seguros y protegidos, y evitar así la pérdida de activos.
  3. Proporcionar a la empresa una imagen de calidad, evitando así dañar seriamente su reputación corporativa.

Nuevos cambios más relevantes en el RGPD

Los mayores cambios que establece el RGPD son en cuanto a responsabilidad activa, análisis de riesgos previo al tratamiento, cambios en clausulas informativas, en las condiciones de contratación y responsabilidades de encargados de tratamiento, nuevos de derechos de los interesados, evaluación de impacto y la figura del DPD (Delegado de Protección de Datos) entre otras.

¿Desaparecerá la LOPD?

La LOPGDD sustituye en España a la LOPD 15/1999 y adapta nuestro ordenamiento jurídico al RGPD, complementando y clarificando algunas cuestiones de gran relevancia.

¿Qué es la LSSI?

La LSSI O LSSICE es la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico.

Con esta ley se quiere dar más confianza a los internautas para que usen internet como vehículo para las transacciones cotidianas. Por eso lo que hace es recoger las obligaciones de los prestadores de servicios establecidos en España y otorgar una serie de garantías de seguridad a los consumidores y a los usuarios.

Su no cumplimiento puede conllevar sanciones cuantiosas de hasta 600.000 €.

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